DICTÁMENES APROBADOS EN LA LXII LEGISLATURA RELATIVOS A LEYES O DECRETOS SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

DICTAMEN COMISIÓN DICTAMINADORA SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1   Decreto que Expide la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2015.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ingresos y Hacienda


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
16-Octubre-2014
Gaceta Cámara de Senadores:
29-Octubre-2014
- Hacienda y Crédito Público

Fecha de dictamen:
16-Octubre-2014

Aprobación en el Senado:
29-Octubre-2014

Publicación en el DOF:
13-Noviembre-2014
En el ejercicio fiscal de 2015, la Federación percibirá 4 billones 702 mil 951 millones (4,702,951.0) de los ingresos provenientes de los conceptos y en las cantidades estimadas, del gobierno federal (impuestos, contribuciones, derechos, productos, aprovechamientos) entrarán 2 billones 906 mil 192 millones 400 mil pesos (2,906,192.4); de organismos y empresas de control estatal (Pemex, CFE, IMSS, ISSSTE y otros) entrarán 1 billón 124 mil 163 millones 600 mil pesos (1,124,163.6). 1. Iniciativa enviada por el Ejecutivo Federal el 05 de septiembre del 2014.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 16 de octubre de 2014. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 427 votos a favor, 35 en contra y 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 17 de octubre de 2014, se turnó a las comisiones unidas de Hacienda y Crédito y de Estudios Legislativos Primera.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 29 de octubre de 2014. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 86 votos a favor, 25 en contra y 2 abstenciones.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción e) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 30 de octubre de 2014, se le dispensaron todos los trámites y se sometió a discusión y votación de inmediato.

8. Aprobado el proyecto de decreto en lo general y en lo particular por 375 votos a favor, 35 en contra y 4 abstenciones.

9. Se turnó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 13 de noviembre de 2014.
2   Decreto por el que se expide la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Grupos Vulnerables (Menores, Adultos Mayores, Discapacitados)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
23-Octubre-2014
Gaceta Cámara de Senadores:
6-Noviembre-2014
- Derechos de la Niñez

Fecha de dictamen:
23-Octubre-2014

Aprobación en el Senado:
6-Noviembre-2014

Publicación en el DOF:
4-Diciembre-2014
Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto:

1.- Reconocer a niñas, niños y adolescentes como titulares de derechos, de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad; en los términos que establece el artículo 10.de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

2.- Garantizar el pleno ejercicio, respeto, protección y promoción de los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes conforme a lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano forma parte;

3.- Crear y regular la integración, organización y funcionamiento del Sistema Nacional de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a efecto de que el Estado cumpla con su responsabilidad de garantizar la protección, prevención y restitución integrales de los derechos de niñas, niños y adolescentes que hayan sido vulnerados;

4.- Establecer los principios rectores y criterios que orientarán la política nacional en materia de derechos de niñas, niños y adolescentes, así como las facultades, competencias, concurrencia y bases de coordinación entre la Federación, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales del Distrito Federal; y la actuación de los Poderes Legislativo y Judicial, y los organismos constitucionales autónomos, y

5.- Establecer las bases generales para la participación de los sectores privado y social en las acciones tendentes a garantizar la protección y el ejercicio de los derechos de niñas, niños y adolescentes, así como a prevenir su vulneración.
1. Iniciativa para trámite preferente enviada por el Ejecutivo Federal y recibida por el Congreso de la Unión el 01 de septiembre de 2014, se remitió a la Cámara de Senadores.

2. Iniciativa para trámite preferente recibida en la Cámara de Senadores el 01 de septiembre de 2014.

3. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 29 de septiembre de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 100 votos.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 30 de septiembre de 2014.

6. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 23 de octubre de 2014. Aprobado el Proyecto de Decreto en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 420 votos a favor, 1 en contra y 10 abstenciones

7. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción e) del artículo 72 de la CPEUM.

8. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 28 de octubre de 2014, se turnó a las Comisiones unidas de Derechos de la Niñez y de la Adolescencia, de Atención a Grupos Vulnerables para la Igualdad de Género, de Educación, de Derechos Humanos y de Estudios Legislativos Segunda.

9. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 06 de noviembre de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 83 votos a favor, 6 en contra y 2 abstenciones.

10. Se turnó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

11. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 04 de diciembre de 2014.
3   Decreto por el que se expide la Ley del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Social.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Desarrollo Social


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
28-Octubre-2014
- Desarrollo Social

Fecha de dictamen:
28-Octubre-2014

Establecer la regulación del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, así como su coordinación con las autoridades federales, estatales y municipales para el ejercicio de sus funciones y las recomendaciones que éste emita. Dotar de autonomía al Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social con personalidad jurídica y patrimonio propio, de tal forma que ya no será coordinado por la Secretaría de Desarrollo Social. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa suscrita por los Dip. María Beatriz Zavala Peniche (PAN) a nombre propio y de los Senadores Luisa María Calderón Hinojosa y Juan Carlos Romero Hicks (PAN), el 04 de junio de 2014.

b) Iniciativa suscrita por los Dips. Agustín Miguel Alonso Raya, Silvano Aureoles Conejo, Fernando Zárate Salgado, Fernando Belaunzarán Méndez, Carol Antonio Altamirano, Alliet Bautista Bravo y Jessica Salazar Trejo (PRD) el 16 de julio de 2014.

c) Iniciativa suscrita por el Dip. José Alejandro Montano Guzmán (PRI) el 09 de octubre de 2014.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de octubre de 2014.Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 413 votos a favor, 1 en contra y 3 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 29 de octubre de 2014, se turnó a las comisiones unidas de Desarrollo Social y de Estudios Legislativos.
4   Decreto por el que se expide la Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en materia Penal; se reforman diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales, y se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Federal de Procedimientos Penales.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
2-Diciembre-2014
- Justicia

Fecha de dictamen:
2-Diciembre-2014

Publicación en el DOF:
29-Diciembre-2014
Establecer los principios, bases, requisitos y condiciones de los mecanismos alternativos de solución de controversias en materia penal que conduzcan a las Soluciones Alternas previstas en la legislación procedimental penal aplicable. Los mecanismos alternativos de solución de controversias en materia penal tienen como finalidad propiciar, a través del diálogo, la solución de las controversias que surjan entre miembros de la sociedad con motivo de la denuncia o querella referidos a un hecho delictivo, mediante procedimientos basados en la oralidad, la economía procesal y la confidencialidad. 1. Iniciativa enviada por el Ejecutivo Federal a la Cámara de Senadores el 06 de marzo de 2014. (LXII Legislatura).

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de Segunda, presentado en la Cámara de Senadores el 03 de septiembre de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 90 votos.

3. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 9 de septiembre de 2014.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 02 de diciembre de 2014. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 387 votos a favor, 15 en contra y 2 abstenciones.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2014.
5   Decreto que expide la Ley Federal de Juegos con Apuestas y Sorteos


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Gobernación (Armas de Fuego, Himno y Bandera, Cultos, Juegos y Sorteos)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
3-Diciembre-2014
- Gobernación

Fecha de dictamen:
3-Diciembre-2014

Regular los tipos de juegos con apuesta y sorteos para que se lleven a cabo de forma responsable, segura y salvaguardando el interés social, los derechos fundamentales de los participantes, permisionarios y operadores; garantizar los derechos de los participantes en juegos con apuesta y sorteos, así como los derechos de protección de las niñas, niños, adolescentes, menores de veintiún años, personas con discapacidad mental o psicosocial y quienes padezcan ludopatía; establecer las bases para un ejercicio responsable del juego con apuesta y los sorteos por parte de los permisionarios y operadores, así como señalar sus derechos y obligaciones, y establecer las bases, requisitos y límites para la autorización, el control, la vigilancia, la inspección y la sanción de conductas relativas a todos los tipos de juegos con apuesta y sorteos. 1. Iniciativa suscrita por los Diputados integrantes de la Comisión Especial para indagar el funcionamiento de las instancias del gobierno federal relacionadas con el otorgamiento de permisos para juegos y sorteos, el 27 de noviembre de 2014.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 03 de diciembre de 2014. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 297 votos en a favor, 33 en contra y 17 abstenciones

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 04 de diciembre de 2014, se turnó a las comisiones unidas de Gobernación y de Estudios Legislativos Segunda.
6   Decreto que expide la Ley para Impulsar el Incremento Sostenido de la Productividad y la Competitividad de la Economía, y adiciona el artículo 21 Bis a la Ley de Planeación.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Economía y Finanzas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
4-Diciembre-2014
Gaceta Cámara de Senadores:
19-Marzo-2015
- Competitividad
- Economía

Fecha de dictamen:
4-Diciembre-2014

Aprobación en el Senado:
19-Marzo-2015

Publicación en el DOF:
6-Mayo-2015
Crear un ordenamiento jurídico que tenga como objeto reglamentar lo dispuesto en los artículos 25 y 26, Apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para la promoción permanente de la competitividad, el incremento continuo de la productividad y la implementación de una política nacional de fomento económica que impulse el desarrollo industrial que incluya vertientes sectoriales y regionales. 1. Iniciativa enviada por el Ejecutivo Federal el 2 de octubre de 2014.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 04 de diciembre de 2014. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 371 votos a favor, 24 en contra y 2 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 09 de diciembre de 2014, se turnó a las comisiones unidas de Fomento Económico y de Estudios Legislativos Primera.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 19 de marzo de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 87 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 06 de mayo de 2015.
7   Decreto que expide la Ley de la Fiscalía General de la República, y reforma, adiciona y deroga diversos ordenamientos Legales.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Función Pública (Administración Pública, Transparencia Administrativa, Resp. de los Serv. Públicos y Bienes Nacionales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
10-Diciembre-2014
- Justicia

Fecha de dictamen:
10-Diciembre-2014

Organizar el Ministerio Público de la Federación, estableciendo su estructura y desarrollando las facultades que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos le confiere, así como aquellas que le atribuye a la Fiscalía General de la República y a su titular. 1. Iniciativa enviada por el Ejecutivo Federal el 23 de septiembre de 2014.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 10 de diciembre de 2014. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 370 votos a favor, 43 en contra y 6 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 11 de diciembre de 2014, se turnó a las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos.
8   Decreto que Expide la Ley de Transición Energética.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Energía (Derivados del petróleo, electicidad y otros)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
15-Diciembre-2014
Gaceta Cámara de Senadores:
1-Diciembre-2015
- Medio Ambiente y Recursos Naturales
- Energía

Fecha de dictamen:
15-Diciembre-2014

Aprobación en el Senado:
1-Diciembre-2015

Crear un ordenamiento jurídico con objeto de regular el aprovechamiento sustentable de la energía, así como las obligaciones en materia de Energías Limpias y de reducción de emisiones contaminantes de la industria eléctrica. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. María Isabel Ortiz Mantilla (PAN) y por diputados de su Grupo Parlamentario, el 27 de noviembre de 2014.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 15 de diciembre de 2014. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 299 votosa favor, 83 en contra y 3 abstenciones

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 15 de diciembre de 2014, se turnó a las comisiones unidas de Energía y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 01 de diciembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 91 votos a favor, 7 en contra y 3 abstenciones (LXIII Legislatura)

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fraccion e) del artículo 72 de la CPEUM.